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domingo, 22 de septiembre de 2013

El principio de la triestamentalidad en el gobierno de las universidades

El concepto de triestamentalidad, se refiere a un modo de organización del gobierno universitario, en el que los tres estamentos organizados de la comunidad  universitaria: profesores, estudiantes y funcionarios no académicos, intervienen en el ejercicio de la gestión y gobierno de la universidad.

Se trata de organizar la participación de una comunidad compuesta de tres partes distintas y con distintos intereses, pero compartiendo en común el ejercicio democrático de la gestión y desarrollo de la institución universitaria, precisamente para fortalecerla y elevar su nivel de excelencia académica.
En Chile surge nuevamente la idea de la triestamentalidad en las universidades públicas y privadas, después de 2006 y las manifestaciones de la llamada “revolución pinguina”, como una respuesta a una realidad instalada que proviene desde la época de la dictadura militar.   
Desde 1973 en adelante las universidades fueron gobernadas por autoridades unipersonales (rectores) nombrados o por el gobierno o por los sostenedores, convirtiendo a las instituciones universitarias en feudos estructurados con autoridades omnipotentes, dejando a los académicos, a los alumnos y a los funcionarios no académicos fuera de la toma de decisiones de los asuntos que les conciernen.  
Antes de 1973 y después de la reforma universitaria de 1967 y 1968, en Chile las universidades se gobernaban por un mecanismo triestamental, donde se elegía a los rectores y decanos y se constituía un órgano colegiado de gobierno universitario que era el Consejo Universitario, donde accedían proporcionalmente los representantes de los alumnos, de los académicos y de los trabajadores o funcionarios no académicos.   
Ese fue el caso de la Universidad de Chile, de la Universidad Técnica del Estado, de la Universidad Católica, entre otras.
A partir de 1973 el régimen militar eliminó el sistema triestamental de las universidades, y se volvió al sistema de gobierno universitario unipersonal de antes de 1968.

En muchas de  las grandes universidades públicas y privadas de Europa y Norteamérica la triestamentalidad es un sistema establecido hace varios decenios, aunque en el caso de las universidades europeas (inglesas, francesas, italianas, alemanas, españolas) se crearon gobiernos universitarios triestamentales después de las revueltas estudiantiles de 1968 y 1969, en las que participaron también los académicos.

LOS FUNDAMENTOS DE LA TRIESTAMENTALIDAD

La idea de triestamentalidad parte del principio democrático que la universidad es un espacio abierto y plural donde convergen ideas, conocimientos y saberes que se comparten en un ambito basado en la libertad de enseñanza y en la educación como un derecho social y un bien público irrenunciable e inalienable.

Si la universidad se define básicamente como un espacio académico de libertad, de igualdad y de pluralidad, el ejercicio de su gobierno debe ser democrático, pluralista y basado en la participación organizada de todos quienes forman parte de la comunidad universitaria: los académicos, los estudiantes y los funcionarios no académicos.  En la base del concepto de triestamentalidad están dos nociones: la idea de comunidad universitaria y la idea de corresponsabilidad.
Existe universidad como esfuerzo colectivo por el saber que se busca y el saber que se enseña, en tanto y en cuanto todos los segmentos de la institución se sienten en disposición de construir una comunidad, es decir, de manifestar su capacidad de integrarse en un proyecto universitario común y compartido.  
Del concepto de comunidad emana la noción de corresponsabilidad, en el sentido de que en la medida en que existe un proyecto académico universitario común y compartido por todos los estamentos de la universidad, todos los integrantes de la comunidad universitaria son solidariamente responsables de sus logros y de sus fracasos, de sus avances y de sus lastres, de su convivencia y de sus conflictos, de sus dificultades y de sus proyecciones.
LOS MECANISMOS E INSTITUCIONES DE LA TRIESTAMENTALIDAD

En la realidad, la triestamentalidad supone gobierno universitario colegiado (o colegialidad), aún cuando exista un conjunto de autoridades unipersonales como el Rector o los decanos de facultades.  La colegialidad es el fundamento de la democracia en el gobierno universitario.

Aplicado en la práctica universitaria, este principio supone entonces la elección directa mediante sufragio libre, secreto y unipersonal de las autoridades superiores de la universidad, por el universo de quienes se encuentran dentro de ella y este mecanismo va acompañado con el llamado voto ponderado, ya que de los tres estamentos universitarios, hay dos que tienen un carácter permanente (docentes y funcionarios) y un estamento (los estudiantes) que tiene un carácter transitorio por su breve tiempo de permanencia en la universidad.

Es objeto de discusión en la concepción y la aplicación de la triestamentalidad, por un lado, la proporcionalidad en la que acceden los distintos estamentos a los órganos colegiados de gobierno universitario y el nivel o instancia en que dicha proporcionalidad debe ser aplicada, es decir, ya sea en la ponderación del voto universal para elegir las autoridades universitarias, ya sea en la constitución de los órganos colegiados.

La triestamentalidad supone además  la constitución de  organos colegiados permanentes de gobierno universitario, dotados de suficientes atribuciones y facultades decisorias en materias fundamentales del ejercicio de la autoridad interna, de la administración y del diseño y seguimiento de las políticas y orientaciones de la actividad docente, de investigación y de extensión, tanto a nivel de la casa central o matriz (en la forma de un Senado, Claustro o Consejo Universitario) como de las sedes universitarias territorialmente descentralizadas (Claustros y Consejos de Sede y Consejos de Facultad).

Se trata en suma, de un paso, un primer paso adelante en la democratización de las universidades.

Manuel Luis Rodríguez U. 

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